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Autocultivo de cannabis medicinal en Chile pronto una realidad

El pasado martes, la comisión de Salud de la Cámara de Diputados de Chile aprobaba en general el proyecto que autoriza el uso del cannabis medicinal en Chile y lo pasaba a la Cámara de Diputados. El proyecto que plantea la regularización del autocultivo fue aprobado por esa sala este miércoles y pasa ahora al Senado. Su visto bueno obligaría al Ministerio Público a eximir de la presunción de culpabilidad a quienes cultivan y consumen cannabis por motivos de salud.

Fueron necesarios dos sesiones completas de discusiones para que el proyecto suscrito por diversas organizaciones de pacientes y padres que piden que se deje de criminalizar a quienes padecen dolor sea aprobado.

El proyecto de ley ingresado a mediados de julio de 2017 por la diputada Karol Cariola propone modificar el Código Sanitario para incorporar y regular el uso de productos derivados de cannabis, con fines medicinales. Se trata de una iniciativa de artículo único que indica que, “tratándose de la fabricación de productos derivados de especies, subespecies y variedades del género cannabis, destinados a la atención de un tratamiento médico, deberán ser prescritas por un médico cirujano tratante, mediante la correspondiente receta extendida de acuerdo a lo dispuesto en la ley y en el reglamento”.

Cannabis medicinal en Chile no se podrá fumar

El texto agrega que dicha prescripción médica deberá indicar también “el diagnóstico de la enfermedad, su correspondiente tratamiento y la forma de administración del cannabis, que en ningún caso podrá ser mediante combustión”. El proyecto indica que la citada receta constituirá autorización suficiente sobre autocultivo, “cuando especifique la dosis necesaria, el tiempo de duración del tratamiento, y corresponda a alguna de las enfermedades susceptibles de ser tratadas mediante estos productos”.

Finalmente, especifica que corresponderá al médico tratante fundamentar en su diagnóstico la pertinencia del tratamiento indicado en la receta médica, y que no se considerarán como falsificados los productos naturales derivados del cannabis, siempre que su uso sea prescrito con fines medicinales.

Según comunicado de la Cámara la propuesta legal “fue objeto de un amplio debate durante las dos sesiones en las cuales se abordó el tema, participando activamente cerca de 40 legisladores de todas las bancadas”.

 

Un largo camino que desemboca en el triunfo de los activistas

Tras una aprobación general del proyecto por la Sala el pasado 22 de marzo, la comisión de Salud analizó las indicaciones propuestas por los diferentes grupos (rechazadas en su mayoría), quedando el texto prácticamente sin cambios.

Si bien para que se convierta en ley aun faltan varios pasos, existe una confianza generalizada en que la iniciativa sea aprobada al existir transversalidad en la votación de los legisladores con un respaldo prácticamente unánime -desde el PC hasta la UDI- a los derechos de los pacientes.

Para Mama Cultiva, se trata de un “gran triunfo de todas las instituciones activistas” según Paulina@paulibobadilla https://twitter.com/paulibobadilla_

En su facebook se puede ver la satisfacción: ¡PASA AL SENADO! De manera histórica #LeyCultivoSeguro es aprobada y despachada por la Cámara de Diputados de Chile. ¡Gran triunfo de todas las instituciones activistas, de miles de familias que necesitan y confían en el cannabis como medicina! Se agradece la labor de Fundación Daya, Mamá Cultiva y demás colaboradores…

 

Evitar injustificados e innecesarios procedimientos policiales que afectan a los usuarios medicinales de cannabis en la actualidad, es la principal finalidad de este proyecto de ley

El proyecto establece que el uso de cualquier especie, subespecie o variedad del género cannabis destinados a la atención de un tratamiento médico, deberán ser prescritos por un profesional de la salud habilitado, mediante la correspondiente receta expedida de conformidad a lo dispuesto en el citado código y reglamentos vigentes.

Dicha receta constituirá autorización suficiente, cuando especifique las dosis necesarias, el tiempo de duración del tratamiento y corresponda a alguna de las enfermedades susceptibles de ser tratadas mediante estos productos.

La propuesta contempla que el médico tratante detalle la pertinencia del tratamiento indicado en la receta médica; y que, además, no se considerarán como falsificados los productos naturales derivados de cannabis, siempre que su uso sea prescrito con fines medicinales.

Es importante recordar que tanto el uso medicinal del cannabis como el cultivo personal está permitido en Chile por la legislación vigente, ya que la Ley 20.000 señala que es lícito mientras la siembra, cultivo y cosecha de cannabis estén “destinadas a su uso o consumo personal exclusivo y próximo en el tiempo”. Sin embargo en Chile sigue habiendo allanamientos en los que se destruyen los medicamentos de los pacientes y es urgente evitar que los pacientes sigan siendo perseguidos, criminalizados o condenados, por estar ejerciendo un derecho que contempla la ley 20.000. Estas actuaciones se sustentan en el articulo 8 de la ley que estipula que para el cultivo doméstico de cannabis y otras especies vegetales “productoras de sustancias estupefacientes o sicotrópicas” se deberá contar con una autorización que “será otorgada por el Servicio Agrícola y Ganadero” (SAG). Sin embargo este organismo ha denegado sistemáticamente los permisos para cultivos domésticos y es por ello que los pacientes que careciendo de esta autorización cultivan para el tratamiento de sus patologías, se arriesgan a sanciones “a menos que justifique que están destinadas a su uso o consumo personal exclusivo y próximo en el tiempo”. De aprobarse finalmente la propuesta quedaría solventado este escollo al hacer que la prescripción médica actúe como “autorización suficiente”, haciendo innecesario el permiso del SAG.

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