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Prescripción de cannabis medicinal en Buenos Aires: primer precedente judicial

La Cámara en lo CAyT de Buenos Aires ampara parcialmente a un portador de HIV e impone al Gobierno de Buenos Aires que ordene la prescripción de cannabis medicinal a través de los profesionales del sistema de salud pública. Concretamente establece que se prescriba un tratamiento basado en derivados de la planta de cannabis, en la forma y dosis que los médicos estimen apropiadas.

A pesar de que la Ley 27350 que aprueba el uso terapéutico y paliativo del cannabis en Argentina ya fue aprobada el pasado marzo, los pacientes aun encuentran obstáculos a la hora de recibir su prescripción de cannabis medicinal. Tal ha sido el caso de un portador de HIV que era recetado con metadona para soportar algo mejor los dolores asociados a sus enfermedades y cuya solicitud de recibir una prescripción de cannabis medicinal fue denegada por los responsables de un hospital público.

Tras una batalla legal, en un periodo durante el cual se dieron algunos cambios en el estatus y reglamentaciones de la recientemente sancionada Ley 27350, por fin se consiguió una sentencia que sin duda creará un precedente positivo para aquellos que prefieren recurrir a esta sustancia en lugar de otras alternativas.

La Cámara de Apelaciones Contencioso, Administrativo y Tributario de la Ciudad al admitir parcialmente el amparo interpuesto por el paciente sienta el precedente para que los profesionales del sistema de salud pública no lo duden a la hora de prescribir un tratamiento basado en derivado de cannabis siempre que lo consideren adecuado.

El paciente de 51 años que padece HIV y además sufre de enfermedades refractarias, como hepatitis C y polineuropatía periférica en evolución, que, según consta en la causa, le producen un “dolor físico intenso y permanente y, en la esfera emotiva, aislamiento, angustia, depresión y desasosiego” pedía la “prescripción y suministro” en las dosis necesarias y médicamente recomendadas. También pidió que en caso de que la entrega solicitada fuera imposible, se le diera autorización para el autocultivo de la planta.

A la espera de una resolución, el paciente decidió comenzar a consumir cannabis sativa con fines terapéuticos, lo que según explicaba redujo sustancialmente el dolor y mejoró su calidad de vida. Basándose en dicha mejoría, solicitó al profesional sanitario que le trataba que le extendiera una prescripción de cannabis medicinal para el tratamiento de la neuropatía, algo que fue rechazado por el profesional por “no tratarse de una medicación legal”.

Inicialmente ante la demanda de amparo, la jueza de grado correspondiente la rechazó, pero entre tanto la Ley fue sancionada y dejaron de existir los obstáculos legales invocados por la médica tratante para prescribir la administración de la sustancia. Sin embargo la sentencia deja claro que “no es posible emitir un juicio técnico acerca del tratamiento más adecuado para el cuadro del demandante”.

La Ley 27350 abre camino a la prescripción de cannabis medicinal

Aprobada en el Congreso y sancionada por el Senado el pasado 29 de marzo, la Ley 27350 permite el acceso gratuito a los derivados del cannabis para uso terapéutico, pero deja fuera el autocultivo. Los fines de la norma son garantizar el acceso del llamado aceite de cannabis para pacientes que padezcan determinadas enfermedades, previa determinación médica. Según señala el decreto, “resulta prioritario que la Autoridad de Aplicación cuente con información científicamente verificada respecto de las propiedades de la planta de Cannabis y sus derivados y su impacto en el organismo humano”.

El pasado mes de septiembre, el Poder Ejecutivo reglamentó parcialmente la ley a través del decreto 738/2017 publicado en el Boletín Oficial regulando también la investigación médica y científica del uso medicinal de la planta de Cannabis y sus derivados. De este modo, se puso en funcionamiento el “Programa nacional para el estudio y la investigación del uso medicinal de la planta de cannabis, sus derivados y tratamientos no convencionales” bajo la dirección del Doctor Diego Sarasola. Una de las consecuencias de esta reglamentación es la de justificar científicamente el tipo de tratamiento adecuado para cada dolencia y dar paso a la prescripción del cannabis medicinal.

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